Tal como lo contempla la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios en uno de sus capítulos, todo servidor público está obligado a rendir su situación de declaración patrimonial.
"Desde que llegó el gobernador Guillermo Padrés dio instrucciones muy claras a todos sus colaboradores y secretarios de que había que transformarnos y parte de esa transformación no es ajena a la Contraloría del Estado", declaró José Ángel Calderón Piñeiro.
El titular de la Dirección General de Responsabilidades y Declaración Patrimonial agregó que "la instrucción del Gobernador al Secretario Carlos Tapia, fue de que hay que hacer el esfuerzo de que hay que rendir mejores cuentas, hay que ser más transparentes y el secretario nos instruyó, a la dependencia el hacer el análisis de cómo poder mejorar esta obligación, que es ineludible".
La declaraciones para los servidores públicos son de tres tipos: la inicial, es decir, cuando el servidor público ingresa y reporta cómo viene y qué tiene; la anual, que es una actualización que se presenta en el mes de junio todos los años y en donde se actualiza las adquisiciones y enajenaciones que pudiera haber tenido antes de convertirse en servidor público y al final, para ver con qué bienes se van.
Estas tres formas de obligación se habían venido presentado en forma manuscrita desde 1984, que fue cuando la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios entró en vigor.
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