Es importante señalar que el principal argumento en controversia fue porque el Congreso del Estado no había cumplido con el proceso legislativo que señala la Constitución de Baja California, consistente en publicar las reformas en el Periódico Oficial del Estado, pero al enviarlas la Mesa Directiva para su publicación, quedó sin materia la controversia que se planteó y por ello se solicitó desecharla.
Con el envío de las reformas para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, quedaron sujetas al proceso legislativo que marca la Constitución de Baja California, enfatizó.
El pronunciamiento contenido en el auto de suspensión de la controversia constitucional 70/2010 emitido por el Ministro Instructor Arturo Zaldivar Lelo de la Rea, explicó, no prejuzga ni vincula el fondo del asunto, tal y como lo expuso el propio ministro instructor en el auto de mérito, en el que establece: "sin prejuzgar sobre la naturaleza de las normas internas impugnadas".
Irineo Romero, recordó que el decreto de reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado se encuentran en análisis del Poder Legislativo para su ponderación o, en su caso, para su aprobación a través de una nueva votación por las dos terceras partes del total de los integrantes de la XX Legislatura Estatal. Por consiguiente, el decreto de reforma aún no ha cobrado vigencia.
El Gobierno del Estado, dijo, seguirá insistiendo ante el Ministro Instructor de la Suprema Corte y el propio pleno de la Corte para que ya no se analice y resuelva la controversia Constitucional planteada contra el Congreso del Estado, debido a que no hay materia que reclamar.
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